De operar autobús, imputado de homicidio culposo será vigilado: juez

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Floriberto Santos

Pese a haber sido vinculado a proceso, Adán GG, presunto responsable del atropellamiento y muerte del motociclista Rafael CT, podrá continuar con su empleo de operador de vehículos del transporte público, pero estará bajo estricta vigilancia de la Unidad de Medidas Cautelares (#UMECAS) para que no vuelva a violar los reglamentos de vialidad.

“Señor Adán, usted podrá continuar con su trabajo de operador de estos camiones si así lo desea, pero lo van a estar vigilando, en cualquier momento alguien podrá subir al autobús para entrevistar a los pasajeros sobre su manera de conducir o simplemente le acompañará en su ruta, porqué usted ya infringió un reglamento de tránsito y con ello provocó la muerte de esta persona.

“Usted conducía sin precaución hacia el frente en un crucero, todavía maniobró a su derecha para pasarse el alto, por ello estará sometido a esta medida”, advirtió el juez Jorge López Hernández, quien resolvió dictarle la vinculación a proceso al imputado, vecino de Pueblo Nuevo.

Para la vinculación a proceso, el juez valoró cada uno de los datos de prueba que presentó el ministerio público, como el parte informativo de un elemento policiaco que llegó como primer respondiente al crucero de Brenamiel, donde ocurrió el accidente a eso de las 13:49 horas, según la causa penal 999/2019.

Como otros datos, obran en la carpeta de investigación la identificación legal del cadáver, el levantamiento del cuerpo, la causa de la muerte y lo fundamental, la mecánica de hechos.

“La mecánica de hechos resulta idónea para vincularlo a proceso, toda vez que, según el perito oficial de hechos en tránsito del área de Servicios Periciales de la Fiscalía General del Estado de #Oaxaca (#FGEO), determinó que obró de manera imprudente el señor Adán, no tuvo precaución al frente, estaba en un crucero con semáforos, intentó pasarse el alto realizando maniobra a su derecha para hacerlo”, sentenció.

Adán, muy tranquilo, aparentemente consiente de la situación, contesta al juez haber entendido la resolución y a través de su abogado indica no aportar datos de prueba a su favor.

Entre las medidas cautelares impuestas al imputado, está la de presentarse los días 15 y 30 de cada mes ante la autoridad judicial, además de abstenerse a tener comunicación con familiares de la víctima.

 Para garantizar la presencia del imputado a las audiencias siguientes o a sus citas, el ministerio público había solicitado también una garantía económica de hasta 126 mil pesos, sin embargo para el juez no era necesaria la petición.

“El señor viene acompañado de toda su familia, están presentes en la sala y confiamos en que son de un buen vínculo familiar, no será necesaria esta medida”, dijo.

De acuerdo con el ministerio público, por el delito de homicidio culposo por tránsito de vehículo, Adán podría ser sentenciado a una pena de 6 años de prisión como mínima y 20 como máxima.

 ¿Qué son las #UMECAS?

Las medidas cautelares son impuestas a la persona imputada mediante resolución judicial, es decir, con aprobación de un Juez de control. Sus propósitos son evitar la posibilidad de fuga y garantizar su comparecencia; ser un medio de protección a la víctima, testigos o a la sociedad en el desarrollo de la investigación; y evitar reincidencia cuando la persona haya sido sentenciada por un delito doloso previamente.

Estas medidas pueden implementarse en libertad durante la investigación. Esto quiere decir que si el delito cometido no amerita prisión preventiva oficiosa y si el ministerio público lo determina, la persona imputada podrá llevar a cabo su proceso en libertad.

De operar autobús, imputado será vigilado: juez

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