Para erradicar algunas de las problemáticas en la FGEO como las prácticas burocráticas, desarrollan nuevo Modelo de Gestión
Floriberto Santos
Para erradicar algunas de las problemáticas en la #FiscalíaGeneraldelEstadodeOaxaca (FGJEO), como las prácticas burocráticas que son reminiscencias del Sistema Penal Tradicional, el exceso de tiempo de espera de los usuarios para ser atendidos y cumplir con una atención eficiente y eficaz a los usuarios, la dependencia, a cargo de #RubénVasconcelosMéndez, ha desarrollado un modelo cuya finalidad principal es que los funcionarios de la Institución tengan una herramienta para realizar su función de manera práctica, sencilla y eficiente.
#AlejandroAlfonsoRamírez, #VicefiscalRegionaldeVallesCentrales, explicó que la homologación de la función de procurar justicia que propone este Manual, surge como respuesta a los problemas que se han presentado en la implementación y operación dentro de la entidad oaxaqueña del Sistema ya referido.
“En Oaxaca, como en la mayoría de los estados de la república, pese a la vigencia del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), no ha sido posible su aplicación homogénea debido a la diversidad de posturas respecto a figuras procesales, procedimientos, conceptos, principios y sus alcances, pero sobre todo, por la falta de un Modelo de Gestión que permita actuar de manera homologada a los operadores del Sistema de Procuración de Justicia, por lo que, bajo estas circunstancias, la encomienda de la consolidación del Proceso Penal Acusatorio se ha tornado difícil”, dijo.
Por lo anterior, añadió, resulta indispensable el diseño de un #ModelodeGestión que permita a las instituciones vinculadas con el Sistema de Justicia funcionar adecuadamente, de forma acorde con las exigencias del Sistema Penal Acusatorio.
Lo que se pretende, indicó, es erradicar algunas de las problemáticas como el uso irracional de los servicios periciales y agentes investigadores, exceso de tiempo de espera de los usuarios para ser atendidos, el rezago, disparidad en la forma de operación de las fiscalías regionales.
Se ha detectado falta de control en los distritos alejados de la capital del estado por medios de comunicación escasos.
Falta de la información estadística confiable, escaso o nulo seguimiento a las investigaciones, escaso o nulo uso de la Justicia Alternativa, falta de priorización de asuntos de mayor impacto y relevancia social, agregó.
Asimismo, detalló, con el nuevo Modelo de Gestión de la FGEO el cual entrará en vigor a partir del próximo mes de abril, se pretende cumplir con la creación de una forma homologada de operación institucional.
Atención eficiente y eficaz a los usuarios, mayor uso de la Justicia Alternativa, uso racional de los servicios periciales y de investigación.
Más atención a los asuntos de mayor impacto y relevancia social.
Uso de las facultades discrecionales, salidas alternas y formas de terminación anticipada del proceso en los asuntos de menor impacto y relevancia social.
Evitar criterios contradictorios entre áreas de la misma zona o región y/o entre regiones.
Establecer parámetros que ayuden a los operadores a desarrollar su trabajo con rapidez, practicidad y de manera sencilla.
Hacer de la indivisibilidad del Ministerio Público un atributo tangible y real.
Por su parte, el titular de FGEO, añadió que existe el compromiso con una forma de procuración de Justicia más eficiente, transparente, honesta, que efectivamente otorgue a los oaxaqueños, especialmente a las víctimas de delitos, acceso a la justicia.
Primer Piso
De acuerdo con el Manual del Modelo de Gestión y Reorganización de las Regiones, las unidades territoriales de la FGEO denominadas Fiscalías locales, se componen ahora por fiscales orientadores, facilitadores, fiscales que dirigen la investigación, fiscales jefes y fiscales especializados en la investigación de ciertos delitos; además de las áreas
administrativas y auxiliares que se requieran; el número de servidores públicos depende de la carga de trabajo y las necesidades de cada lugar.
El nuevo Modelo de Gestión consiste en un sistema de tres pisos, cada uno compuesto por un operador en particular, con actividades, responsabilidades y metas propias.
El primer piso se conforma por los fiscales orientadores, quienes son el primer contacto con los usuarios y los encargados de darles atención integral. En este piso, los fiscales son un filtro para detectar si los asuntos hechos del conocimiento de la Fiscalía son o no de carácter penal.
Identificar aquellos casos que revistiendo carácter penal, pueden ser derivados al Centro de Justicia Alternativa y ser resueltos a través de un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias en materia penal.
Determinar los asuntos que pueden ser decididos de manera inmediata utilizando una de las facultades discrecionales que contempla el Código Nacional de Procedimientos Penales, y canalizar al segundo o tercer piso del Modelo los casos que deben ir a investigación.
El Centro de Orientación, Denuncia y Determinación Inmediata (Coddi) y las Fiscalías locales de cada una de las regiones contarán con fiscales orientadores, quienes en un primer momento determinarán si el asunto planteado es de naturaleza penal o se trata de un tema que requiera una simple orientación de naturaleza distinta a la materia penal.
Atención al público:
Si se trata de un tema que requiera una orientación de naturaleza distinta a la materia penal, el Fiscal Orientador escuchará el planteamiento del usuario y con base en sus conocimientos asesorará al mismo, lo canalizará a la Institución, dependencia o área procedente y hará el registro de la atención correspondiente.
En el caso de que el asunto planteado por el usuario sea de naturaleza penal, se actualizarán los siguientes supuestos, derivación a Justicia Alternativa
cuando de la calificación jurídica inicial derivada del hecho denunciado, proceda el acuerdo reparatorio según el artículo 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haya un mínimo de voluntariedad por parte de la víctima, haya imputado conocido (nombre y domicilio del mismo). En este supuesto, el Fiscal Orientador recibe la denuncia e inicia la carpeta de investigación.
Fiscal Orientador no recibe detenidos
El Fiscal Orientador no recibe detenidos, estos pasan directamente con los fiscales del segundo piso o, en su caso, con los del tercer piso. Por excepción, cuando el Fiscal Orientador esté de guardia hará las funciones del primer y segundo piso, con la especificación de que las carpetas que inicie durante su guardia y que correspondan a los funcionarios encargados de los otros niveles, deberá entregarlas de manera inmediata al día hábil siguiente de su guardia, con el investigador correspondiente.
Para efectos de dar seguimiento a las actividades del Fiscal Orientador, este debe reportar diariamente, en el formato que para esto se le proporcione, el registro de las personas que atendió y el servicio brindado; además, se harán encuestas a los propios usuarios para medir la calidad de la atención brindada.
Segundo Piso
En el Segundo Piso del Modelo, llegan todos los asuntos que los fiscales orientadores canalizan para que se inicien investigaciones que no son de gran impacto o relevancia social, y que no necesitan llegar a juicio oral.
En este segundo piso los fiscales investigadores detectarán asuntos que puedan derivarse a Justicia Alternativa y que en un primer momento no fue posible canalizar a través del Fiscal
Orientador, bien sea porque se desconocía la identidad del imputado o porque la víctima no expresó su voluntad en ese primer momento.
Determinar carpetas a través de alguna facultad discrecional, judicializar aquellos asuntos que no hayan sido susceptibles de resolverse de acuerdo con lo señalado en los incisos que anteceden.
En los asuntos que se judicialicen deberán de priorizarse el uso de las salidas alternas o la forma de terminación anticipada que establece el
Código Nacional de Procedimientos Penales, sólo excepcionalmente, algunos de estos casos llegarán hasta la etapa de juicio oral, toda vez que se tratará de investigaciones de hechos de menor impacto social.
Los fiscales que realizan funciones en este segundo piso son los responsables de conducir las investigaciones, es decir, de coordinar las actuaciones de los agentes estatales y peritos; por lo que, con la finalidad de optimizar el recurso material y humano, deberán enunciar en los oficios que giren los actos específicos que requieran; de igual manera, deberán de usar los servicios periciales de forma razonable, ordenando la elaboración de los dictámenes estrictamente necesarios para el éxito de su investigación.
Cada una de las Fiscalías locales contará con un Fiscal Jefe, quien será el fiscal de investigación de mayor experiencia operativa; el Fiscal Jefe también será el responsable de la Fiscalía local que corresponda y encargado de la misma, por lo que deberá vigilar la atención al público, la disciplina del personal y la correcta tramitación de las investigaciones que se vayan iniciando.
Para efectos de seguimiento a la operación de los fiscales investigadores, estos deberán reportar diariamente, en el formato que para ello se les proporcione, el registro de su productividad.
Este seguimiento estará a cargo de la Coordinación Operativa Regional de la Vicefiscalía General.
Tercer Piso
En el tercer piso del modelo se conocen los delitos complejos, asuntos que no pasan por el primer y segundo filtro y que tramitan las áreas especializadas de Género y de Alto Impacto.
Es prioridad para la Fiscalía que estos asuntos tengan una investigación eficiente y lleguen en su mayoría a juicio oral. Por lo anterior, para efectos de darle celeridad a las investigaciones, los informes solicitados por estas áreas a los agentes estatales de investigación y los dictámenes de los peritos deberán de rendirse en un plazo máximo de quince días; en caso de que no sean rendidos en dicho plazo, se les deberá requerir a través de un oficio recordatorio, del que se marcará copia de conocimiento al Fiscal Regional respectivo para que cumplan con lo solicitado; en caso de que no se obtenga respuesta después del segundo oficio (primer recordatorio), se
girará un tercer oficio (segundo recordatorio) que deberá ser firmado por el Fiscal Regional, debiendo marcar copia de conocimiento al Fiscal General del Estado, al Vicefiscal General y al Coordinador General de la Agencia Estatal de Investigaciones o al Director del Instituto de Servicios Periciales, según sea el caso.
Las áreas especializadas de Género y de Alto Impacto concentrarán los asuntos de toda la región de que se trate y se integrarán por fiscales con amplia experiencia operativa. Su productividad será medida en razón de aquellos asuntos que logren vincular a proceso y las sentencias condenatorias que obtengan.
Las áreas de Género conocerán de los delitos de #homicidiodoloso de mujeres, #feminicidio, #violación, #abusosexualagravado y (algunos casos) violencia familiar.
Las áreas de Alto Impacto conocerán de los delitos de homicidio doloso de hombres, #secuestro, #extorsión, #robo de vehículo y #asalto, cuando sean con detenido.