Santos S.
Tan pronto se hizo pública la designación de Gerardo Antonio Abud como Director General de Reinserción Social en Oaxaca, en redes sociales revelan algunos antecedentes del funcionario que esta tarde el Gobernador del Estado, Alejandro Murat, designó.
Junto con este nombramiento, fue designado como Subdirector de la Policía Auxiliar Bancaria Industrial y Comercial (PABIC) Javier Jonatán Galván Morteo.
A ambos, los exhortaron a desempeñarse con responsabilidad para hacer cumplir lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo 2016- 2022.
«Con estas nuevas designaciones, se busca fortalecer la coordinación entre las áreas que integran la Secretaría y dar continuidad a los avances que se han logrado, en el trascurso de la actual administración que encabeza el mandatario estatal, Alejandro Murat Hinojosa», emitieron en su comunicado.
En cambio, en redes sociales revelan que según la información de la página de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el 28 de octubre de 1990, Gerardo Antonio Abud Salomón, entonces inspector de la policía municipal, fue acusado de lesionar con arma de fuego y abuso de autoridad en contra del joven Mariano Rodríguez Ramos cuando este y otros jóvenes se encontraban en el mirador de playa abierta del puerto de Salina Cruz.
Después de investigar los hechos, la CNDH, el 23 de mayo del año 1991, emitió la recomendación 47/1991 por violaciones a derechos humanos del joven mencionado y otros que fueron agredidos con arma de fuego y uno de ellos, herido, privado de su libertad.
Los hechos se asentaron en la averiguación previa 205/990 señalaban como responsable de los delito de abuso de autoridad a Gerardo Antonio Abud Salomón, en ese tiempo inspector de la policía municipal.
La recomendación, en uno de sus párrafos textualmente dice:
“Al ser consignados los inculpados, que sus nombres sean boletinados entre el resto de las corporaciones policiacas del país a efecto de evitar su recontratación”.
En este caso no se está cuestionando si la recomendación fue aceptada o no, si fue cumplida o no, lo que se cuestiona es el peso moral que tiene el hecho de nombrar a una persona señalada de ser un violador de derechos humanos para un puesto del que fue suspendido abruptamente al comprobársele en esas mismas fechas, la comisión de un delito mayor.